Con la Constitución Política de 1941 surge la transformación jurídica que permitió la creación del Ministerio de Educación, cuyas bases legales quedaron definidas bajo la Ley 84 y 89 de 1 de julio de 1941.
Su misión es brindar atención educativa de calidad a la población de estudiantes con necesidades educativas especiales que ingresan a los centros escolares del país.
A través de la Ley 38 de diciembre de 2014, en su artículo 1, se establece: “la enseñanza obligatoria de la Educación Ambiental y la Gestión Integral de Riesgo de Desastres en el sistema Educativo en el primer, segundo y tercer nivel de enseñanza, oficiales y particulares, como eje transversal y una estrategia para la conservación, el desarrollo sostenible de los recursos naturales, la protección del ambiente y la prevención ante eventos adversos, mediante métodos alternativos de comunicación, educación, capacitación e investigación”.
A la vez se crea la Comisión de Educación Ambiental y de Gestión Integral de Riesgo de Desastres para el fomento y la orientación de la enseñanza de la Educación Ambiental y de Gestión Integral de Riesgo de Desastres.
Asimismo, los artículos 33 y 34 del Texto Único de la Ley General de Ambiente (Ley 41 de 1 de julio de 1998) establecen que son deberes del Estado difundir información o programas sobre la conservación del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, así como promover actividades educativas de índole ambiental, para contribuir a complementar los valores cívicos y morales en la sociedad panameña. Por su parte, el Ministerio de Ambiente fomentará la aplicación de la Ley 38 de 2014 y cualquier otra norma relacionada al eje transversal de educación ambiental en las comunidades, en coordinación con el Ministerio de Educación.
El Ministerio de Educación forma parte del Sistema Interinstitucional del Ambiente (SIA).